Santo Domingo.- Y es que al igual como sucedió con la acción de desalojo de la propietaria de la Villa en Casa de Campo, Rosa Albel Lora, en el desalojo de esas 80 familia, la empresa no ha cumplido tampoco con los requerimientos de la ley,
constituyendo así una violación a los principios básicos del debido proceso que consisten en: a) La notificación previa; b) La determinación de los derechos en juego; c) El derecho a ser asistido jurídicamente; d) ejercer una defensa y disponer de un plazo razonable para preparar los alegatos, formalizarlos y evacuar las pruebas correspondientes; e) Que las actuaciones y decisiones se consignen por escrito; f) Plazo razonable; g) Revisión judicial efectiva.
Las Naciones Unidas expresa preocupación, condena y rechazo al desalojo arbitrario y sin orden judicial efectuado por Central Romana y Casa de Campo y pide al Gobierno dominicano tomar medidas urgentes a favor de las familias afectadas.
Indican que la Compañía Central Romana no ha cumplido con su responsabilidad de respetar los derechos humanos, ya que, como empresa, como es el caso, a través de sus relaciones comerciales, o en este caso, de sus empleados, ha causado y ha contribuido al proceso de expulsión o desalojo ilegal, y no tomó las medidas para prevenir, mitigar y reparar otros impactos adversos.
Indican que, no obstante, “la República Dominica tiene la obligación bajo de proteger los derechos humanos en contra de todos tipos de hechos en contra del derecho internacional.”
En carta enviada al gobierno dominicano a través de la ministra consejera de la Misión Permanente del país ante la ONU, Katherine Urbáez Martínez, expresan que “Según la información recibida: El día de 15 de enero, agentes de la Compañía Central Romana irrumpieron en los precarios hogares. Veinte familias de las comunidades del poblado (‘batey’) Los Cajuilitos fueron desalojadas.
“Los hechos alegados parecen indicar una violación prima facie del derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para ella y su familia, incluyendo el derecho a una vivienda adecuada, consagrado en el artículo 11, párrafo 1, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) que fue ratificado por República Dominica, el 4 de enero de 1978 ; y en el artículo 27, párrafos 1 y 3 de la Convención de los Derechos del Niño, ratificada en 1991 que protegen el derecho un nivel de vida adecuado para el desarrollo de todo niño y que exhorta a tomar las medidas adecuadas en relación con la vivienda adecuada”, explican.
Narran en su carta que durante el segundo desalojo el día de 26 de enero, ocurrido en el sector de Villa Guerrero, estos mismos agentes llegaron con armas a las tres de la madrugada y destruyeron viviendas habitadas por sesenta familias, e incluso amenazaron de muerte a las personas que se negaban a salir de sus hogares. Los agentes de la empresa demolieron en total sesenta casas.
Dejan establecido que “el Ministerio Público debería haber actuado de oficio, iniciando una acción pública para que Compañía Central Romana tuviese que rendir cuentas por sus atropellos”.
“Deseamos expresar nuestra profunda preocupación sobre la manera en que se ha llevado a cabo este desalojo y nuestro llamado urgente para que las autoridades tomen medidas inmediatas con relación a las condiciones en las que continúan viviendo estas familias sin un plan de contingencia efectivo ni una alternativa adecuada de vivienda cuando han transcurrido varios meses desde el desalojo”, indican,
La carta de las Naciones Unidas está firmada por Pavel Sulyandziga, presidente del Grupo de Trabajo sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas, y Leilani Farha, Relatora Especial sobre una vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado.
Concluyen diciendo que, “A la espera de una respuesta, hacemos un llamamiento a su Gobierno así como, por su digno intermedio, al Gobierno municipal, a que se adopten todas las medidas provisionales necesarias para mitigar el impacto de los desalojos mencionados sobre los derechos humanos de todos as los residentes, y de manera especial de los niños y niñas, de las personas adultas mayores, de las mujeres embarazadas y de las personas con discapacidad. Además, le agradeceremos si su Gobierno podría transmitir a la brevedad posible esta carta al Municipio Santa Cruz de El Seybo”.
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