jueves, 24 de enero de 2019

ES UN HECHO! A partir de la Sentencia 0573/18 del TC, los empleados públicos deben pasar al SENASA, de conformidad con la Ley 87-01 del SDSS

Tomado de DDB/IB/OSD

Santo Domingo. A partir de la sentencia 0573/18 del Tribunal Constitucional los empleados públicos deben pasar al Seguro Nacional de Salud (SENASA), tal y como lo establece la Ley 87-01,que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), en el párrafo 1 de su artículo 31.
El Tribunal Constitucional emitió su sentencia mediante la cual define de una vez y por todas el status de los empleados públicos,
situación que se venía tratando en los tribunales de la República desde el inicio del Seguro Familiar de Salud (SFS) en agosto del año 2007, cuando algunas ARS decidieron recurrir a estos tribunales para impedir que se ejecutara lo que dispone la ley al respecto.
Con la sentencia del Tribunal Constitucional, el Consejo Nacional de Seguridad Social y las instancias del Sistema deben establecer de inmediato, los procedimientos mediante los cuales deberá darse cumplimiento a esta sentencia, de forma tal que la ARS pública reciba a los empleados públicos y a sus familiares.
La Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) hizo un llamado a todos los empleados públicos a viabilizar, por sus propios medios, su adscripción al Seguro Nacional de Salud (SENASA), lo que fortalecerá aún más a esa ARS y garantizará un servicio de mayor calidad y menor costo, por no tener fines de lucro.

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